En España, uno de cada cinco empleos están en riesgo de automatización

Las máquinas están empezando a sustituir a las personas en el mercado laboral de manera masiva y este peligro aumenta con el paso de los años. Es una situación que perjudica a todos los países, pero España es uno de los más afectados. Hasta el 21% de los empleos están en riesgo de automatización, un porcentaje solo superado por Grecia, Eslovenia y Eslovaquia.


La OCDE, en su informe Perspectivas de empleo de la OCDE 2019, muestra un tono optimista en sus predicciones. Se automatizan unos puestos de trabajo, pero otros nacerán que equilibrarán la situación. Dicho así, las personas que trabajamos parecemos simples cartas de una baraja para el mercado laboral: unas se roban y otras se descartan, pero el número total no varía. La cuestión es que los mismos trabajadores que se quedan sin empleo constituyan una parte importante de las nuevas vacantes. Aquí entra en juego la precariedad laboral que está directamente relacionada con la posibilidad de formarse y prepararse adecuadamente. La OCDE recomienda a los países elaborar estrategias eficientes contra el empleo precario para tratar de prevenir una debacle en sus mercados laborales.

España en riesgo de automatización

La automatización avanza cada año

Todos los países de la OCDE sufren las consecuencias de la automatización indiscriminada de puestos de trabajo. Sin embargo, los hay con un pronóstico muy esperanzador, como Noruega, que refleja un riesgo de tan solo el 6% del empleo actual. Para la media de países de la OCDE, que son 36, el riesgo se cifra en el 14% de los puestos de trabajo. España sería uno de los países con el porcentaje más alto de riesgo, el 21%, tal como se ha mencionado al principio.

Pero no solo se trata de los puestos que desaparecerán, sino también de los que cambiarán tanto que las mismas personas que ahora los desarrollan no podrán hacerlo en un futuro. Tal como lo dice la OCDE, son los que sufrirán “una transformación radical por el avance de la tecnología”. En este caso se encuentra el 32% del empleo.

Prepararse ante la automatización

Ninguna de las medidas que propone la OCDE está encaminada a poner un freno a la automatización de las actividades. En principio, el crecimiento desmedido de las empresas no entra en cuestionamiento. Este organismo en lo que ha hecho especial hincapié es en las condiciones laborales de las personas que trabajan, ya sean autónomas o asalariadas.

Entre las que trabajan por cuenta ajena, el principal factor de alarma es la temporalidad, donde España destaca nuevamente por ser uno de los 36 países que más la sufren. Quienes están sujetos a contratos temporales tienen muchas menos oportunidades de que sus empresas los formen. (Dentro de esta formación se supone que entra la relacionada con el avance tecnológico). Sucede solo en el 42% de los casos, mientras que hasta el 56% de los contratados indefinidamente participan en alguna actividad formativa al año.

Para quienes trabajan por cuenta propia, la situación se agrava. Solo el 32% recibe formación durante el año. La cuestión es que hay un número demasiado elevado de autónomos que dependen de un solo cliente. Este tipo de trabajadores podrían ser falsos autónomos, sobre todo si no tienen la condición de TRADE. La OCDE advierte a España que debe tratar de paliar la temporalidad y los falsos autónomos para prevenir el riesgo de automatización. Por otro lado, alaba que haya iniciado el camino con medidas como una mayor actividad de la Inspección de Trabajo.

La OCDE habla de la brecha entre la población que va a poder encontrar trabajo en el futuro y la que no. Estos últimos serán los que no han conseguido una preparación adecuada para asumir las nuevas actividades. Si no se toman medidas, se corre el riesgo de que esta brecha sea cada vez más pronunciada.

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Trabajo en el extranjero: ¿desplazado o expatriado?

Puede pasar que la empresa para la que trabajas decida internacionalizarse o que simplemente ya esté internacionalizada y te requiera en otro país. Quizá seas tú quien solicite por voluntad propia la movilidad laboral dentro de tu empresa, hay países donde la demanda es mayor. En cualquier caso, tanto si vas a ser expatriado como desplazado, ¿qué derechos laborales te asisten y dónde debes cotizar?

No hay un límite claro entre desplazados y expatriados

La diferencia entre expatriados y desplazados es un tanto confusa. En ambos casos sucede cuando una persona que pertenece a una empresa situada en España se traslada a otro país por iniciativa de la compañía o por voluntad propia. La cuestión es que sigue siendo empleada de la misma empresa. En principio, las personas desplazadas son aquellas que pasan menos de un año fuera y, al cabo de este periodo, regresan.

Expatriados suele asociarse con los trabajadores que pasan un periodo de tiempo más largo, que puede llegar a ser incluso indefinido. Sin embargo, a los que pasan más de un año fuera del país de origen también reciben el nombre de desplazados de larga duración.

Cotizaciones y derechos de expatriados y desplazados

Cotizaciones y condiciones laborales de expatriados y desplazados

Cuando una persona desplazada a otro país va a regresar antes de haber transcurrido el año, la normativa indica que debe seguir cotizando en España. Una vez ha pasado este tiempo, también se puede continuar cotizando en el país de origen, pero solo por tiempo limitado. Depende de los acuerdos que haya en entre los países. Por lo general, se puede alargar de dos a cinco años.

Con respecto a las condiciones laborales, se presentan muchos tipos de casos que también varían según acuerdos entre países y, además, las condiciones que la compañía le ofrezca al trabajador desplazado. Aunque hay cierta legislación que se debe respetar. Por ejemplo, en 2018 se aprueba una normativa que afecta a condiciones laborales como el salario mínimo, la jornada o los periodos de descanso. Si el desplazamiento es hacia otro país que pertenezca al Espacio Económico Europeo, la persona trabajadora adquiere los derechos del país de destino.

Cuestiones de las que hay que estar pendiente

Tanto si se es expatriado como desplazado, en el contrato que se pacte con la empresa debe ir bien reflejadas las consecuencias de la extinción del contrato en el país de destino. También es muy importante que se acuerden y queden por escrito las condiciones de retorno, que abordan aspectos como el puesto de trabajo, la categoría o el salario.

Además, hay que informarse de en qué situación quedan las coberturas en cuanto a prestaciones por jubilación y desempleo. A veces parece que se ofrecen salarios muy elevados en comparación con los que se cobran en España. Ahora bien, puede que la empresa no esté cotizando por ti lo mismo que se cotiza aquí. En tal caso ellos podría incluso ahorrar costes y tú te verías perjudicado a la hora de recibir prestaciones sociales. Como depende de muchos factores, es conveniente que expongas tu caso particular en la oficina que te corresponda de la Seguridad Social.

Por último, cuando viajas por un tiempo, no solo debes contemplar las condiciones en las que emigras tú, también te preocupan las condiciones de tu familia si la tienes y te acompaña. Esto es algo de lo que conviene cerciorarse antes de aceptar un acuerdo con la empresa.

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